Nos complace informaros sobre la publicación el pasado sábado del paquete de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia del COVID-19, mediante el cual se pretende movilizar una inversión pública de hasta 11.000 millones de euros en torno a tres líneas de ayuda a los autónomos y empresas.
Línea de ayudas directas a autónomos y empresas
La primera, deayudas directas a autónomos y empresas, con una dotación de 7.000 millones, es la medida más destacada por ser la más solicitada por los empresarios y busca reducir el endeudamiento suscrito a partir de marzo de 2020 consecuencia de la crisis asociada a la Covid.
En cuanto a los beneficiarios, podrán acceder a ellas las empresas y autónomos de los sectores más afectados, cuyos ingresos hayan caído como mínimo un 30% con respecto a 2019, y deberán ser destinadas a satisfacer la deuda contraída con proveedores y otros acreedores, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles.
Asimismo, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No repartir dividendos ni aumentar los salarios de su equipo directivo durante 2021 y 2022.
- Deberán mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
- No estar en concurso ni haber cesado la actividad en el momento de la solicitud.
- No tener su domicilio en un en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- Estar de alta antes del día 12 de marzo de 2021 en una actividad que se clasifique en alguno de los códigos del CNAE previstos en el Anexo del Real Decreto-ley 5/2021.
Por último, respecto al importe de dichas ayudas, para los autónomos o empresas que el volumen de operaciones anual haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá depende del número de empleados.
- Hasta 10 empleados, las ayudas a percibir serán del 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere el 30% de caída
- Más de 10 empleados: 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%
En todos los casos, el importe mínimo de la ayuda será de 3.000 euros y el máximo por autónomos y empresas será de 200.000 euros.
Para el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, el límite es de 3.000 euros.
Línea para la reestructuración de deuda financiera Covid
Se crea una segunda Línea para la reestructuración de deuda financiera COVID, de 3.000 millones de euros para permitir la conversión de parte del aval público en transferencias a las empresas y autónomos más afectados por la crisis.
Entre las opciones que permite el Real Decreto, se establece acordar extender el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público. Otra posibilidad será convertir esos préstamos corrientes en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público. Y por último, en casos extremos, se permitirá realizar transferencias directas a autónomos y pymes para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.
Dichas ayudas podrán destinarse a las empresas que cumplan los criterios de elegibilidad que se establecerán por un posterior Acuerdo de Consejo de Ministros y dentro de un proceso de renegociación acordado por los clientes con las entidades financieras, que asumirán la parte proporcional de la reducción del préstamo.
Fondo de recapitalización de empresas afectadas por Covid
En tercer lugar, para apoyar a aquellas empresas que se enfrentan a problemas de solvencia derivados de la COVID que no pueden acceder al fondo gestionado por SEPI para empresas y operaciones de mayor tamaño y necesiten un refuerzo adicional de su capital tras la articulación de las medidas previstas en los apartados anteriores, se crea un nuevo Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dotado con 1.000 millones de euros.
En este caso, el organismo encargado de gestionar las ayudas será Cofides, dependiente del Ministerio de Industria. Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros.
Desde Lexcam Abogados, trabajamos para mantenerles actualizados de todas las novedades que
vayan surgiendo con motivo de la excepcionalidad derivada del COVID-19.