La Audiencia Nacional considera inconstitucional la subida del Impuesto sobre Sociedades de cuantía de 5.000 millones que lanzó Cristóbal Montoro, entonces ministro de Hacienda, en el año 2016 y que fue realizada a través del Real Decreto-ley 3/2016, sistema que continúa en vigor actualmente.
La Audiencia Nacional, tras recibir una primera impugnación del Real Decreto-ley 3/2016 por una multinacional ha efectuado un análisis de la legalidad del mismo a través de auto. Sin embargo, al apreciar inconstitucionalidad, ha debido paralizar su análisis y remitirle el recurso de la multinacional al Tribunal Constitucional.
La situación para evaluar comenzó en diciembre de 2016, cuando Montoro cargó a las empresas una subida del Impuesto sobre Sociedades de manera retroactiva, que obligaba por primera vez a tributar por pérdidas debiendo devolver las empresas en un plazo de cinco años todas las cantidades deducidas por pérdidas en ejercicios pasados. Además, se produjeron otras subidas consecuencia de la limitación a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, restricción a la deducción por doble imposición, reversión fiscal automática de cartera deteriorada o la no integración en la base de minusvalías afloradas por la transmisión de participadas.
Si bien es cierto que el auto de la Audiencia Nacional solamente plantea la inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016 en cuanto a la forma del mismo, enumera todas las subidas del Impuesto sobre Sociedades en cuestión, planteando la constitucionalidad de todas ellas, pues afectan a aspectos esenciales del Impuesto como la base imponible del mismo.