Estimado cliente, queremos ponerle al corriente de los acuerdos alcanzados durante la celebración del pasado Consejo de Ministros.
El salario mínimo interprofesional –SMI- en España alcanza los 965 euros brutos al mes -32,17 euros/día-. El Real Decreto Ley 817/2021 fija el aumento en un 1.6 % de la remuneración mínima legal en España, que se encontraba en 950 euros y que se traduce en 15 euros más al mes. La medida entrará en vigor, de forma retroactiva, desde el pasado 1 de septiembre.
Por otro lado, el Real Decreto 18/2021 establece, entre otras cosas, la prórroga de los ERTE derivados de la crisis sanitaria de la COVID-19. En concreto, se prorrogan los siguientes ERTE:
Se establece una prórroga automática de estos tres tipos de ERTE vigentes a fecha 30 de septiembre de 2021 hasta el 31 de octubre de 2021. De esta forma, si no se presenta la solicitud de prórroga en los términos y plazos establecidos, éstos se darán por finalizados y no serán aplicables desde el 1 de noviembre de 2021.
En cuanto a la solicitud de la precitada prórroga, la autoridad laboral posee un plazo de diez días para pronunciarse sobre la misma y, en el caso de no hacerlo, se entenderá estimada –silencio positivo-.
En último lugar, cabe señalar que el RD introduce nuevos ERTE por impedimentos o limitaciones de actividad. Podrán solicitarlos las empresas y entidades afectadas por nuevas restricciones y medidas de contención sanitaria vinculadas a la covid-19, que sean adoptadas por las autoridades competentes entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise.