OBJETIVO
Ayudas de IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable.
BENEFICIARIOS
Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como entidades beneficiarias las personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica.
El Programa 1 sirve para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento, el programa 2 para otros sectores productivos de la economía y, por último, el Programa 3 sirve para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
COSTES SUBVENCIONABLES
Se consideran costes elegibles, por ejemplo, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de obras, de desmantelamiento de instalaciones, de dirección de proyectos o de gestión relacionados con la ayuda. Como también, los distintos sistemas eléctricos generales, de monitorización o medición del recurso, las obras civiles o los equipamientos electromecánicos y hidráulicos.
TIPO DE FINANCIACIÓN
Las ayudas tendrán la consideración de subvención. Será el resultado de la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional, siendo la Ayuda Base un porcentaje del coste subvencionable de la instalación de generación y, en su caso, de la instalación de almacenamiento, o como un valor fijo por unidad de potencia o capacidad de almacenamiento.
En cuanto a la energía solar fotovoltaica las grandes empresas contarán con una ayuda del 15%, para la energía eólica se dispondrá alrededor de un 20% y, para las instalaciones de almacenamiento, las ayudas variaran entre el 45% y el 65% dependiendo del tamaño de la compañía.