Estimado cliente, queremos informarle de que el pasado 3 de Noviembre el congreso aprobó la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, la esperada Ley de Startups.
Esta ley nace para dar una mayor cobertura legal y respaldo económico a las empresas emergentes de base tecnológica y para ayudar a construir un ecosistema empresarial capaz de convertirse en el motor de la modernización de la economía.
Por primera vez esta ley define lo que es una start-up. Para que una empresa pueda ser considerada como Star-up, y por tanto pueda acogerse a esta nueva ley y los beneficios que la misma proporciona deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser empresa de nueva creación o de menos de cinco años, 7 en el caso de empresas biotecnológicas, energéticas, industriales y de otros sectores.
- Deben tener sede social en España.
- Estas empresas deberán ser independientes de otras empresas, no cotizar en el mercado de valores, no distribuir beneficios, no superar un volumen anual de negocio de 10 millones y tener carácter innovador, algo que certificará Enisa, que tendrá un plazo de tres meses para certificar que es una empresa innovadora y que se puede acoger a la ley de startups. Ahora el silencio administrativo será positivo.
Las principales novedades y ventajas fiscales que proporciona esta ley son:
- La nueva Ley confirmará las reducciones en la carga fiscal para las empresas emergentes, generando que tributen a un tipo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades, frente al 25% general
- Asimismo se eleva el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes.
- Igualmente, crea un visado especial para nómadas digitales de hasta 5 años.
- También se aumenta la deducción por inversión en empresa de nueva o reciente creación, incrementando el tipo de deducción del 30% al 50% y aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros.
- Además, se eleva, con carácter general, de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad, y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise.