Las Cortes Generales han aprobado la ‘Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones’, la cual entrará en vigor a parti del 1 de enero del 2023.
Esta ley tiene el objetivo de reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones y asegurar el equilibrio presupuestario de la seguridad social.
Como novedad, se incorporan diversas medidas dirigidas a acercar voluntariamente la edad efectiva a la edad ordinaria de jubilación. En este sentido, se fijan cuatro vías de actuación: la revisión de la jubilación anticipada tanto voluntaria como involuntaria y por razón de la actividad, la jubilación demorada, la jubilación activa y la jubilación forzosa.
A modo de breve explicación:
- Respecto a la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes pasan a ser mensuales para dar más flexibilidad a los futuros pensionistas y fomentar el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación.
- En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, se mejoran dos aspectos: de un lado, se establecen coeficientes mensuales, en lugar de trimestrales; y, de otro, en relación con los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se aplican en la determinación de la pensión de jubilación anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el hasta ahora vigente.
- En el caso de la jubilación demorada, el texto establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación que corresponda. Y, como medida más destacable, se refuerzan significativamente los incentivos, que pasan a ser de tres tipos por cada año de demora:
- Un porcentaje adicional del 4%.
- Una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión (que puede llegar a 12.000 euros) y premiando las carreras de cotización más largas.
- Una combinación de ambas opciones.
En la tramitación parlamentaria se han introducido otras novedades, entre ellas, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Veamos que es y su función:
El MEI un sistema que sustituye al Factor de Sostenibilidad aprobado en la reforma de las pensiones de 2013 para garantizar la financiación de las pensiones.
A partir del 1 de enero de 2023 (y hasta 2032), empresas y trabajadores deberán ingresar a la TGSS una cotización extra del 0,6% (0,5% a cargo de la empresa y 0,1% a cargo de la persona trabajadora), correspondiente al MEI, aplicable sobre la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en cualquiera de los Regímenes del sistema de la Seguridad Social y que únicamente no se aplicará a aquellos colectivos de personas trabajadoras excluidas de cotizar por la contingencia de jubilación.