Estimado cliente te informamos que la ley que rige las compañías emergentes ofrece incentivos de gran importancia para estas entidades. Es necesario ser considerada como startup y goza de forma resumida de las siguientes ventajas
- Ventajas Tributarias
Las empresas clasificadas como «emergentes» o «startups» tienen derecho a diversas ventajas, incluyendo beneficios fiscales, como tasas reducidas del Impuesto sobre Sociedades durante los primeros años de actividad, beneficios en los pagos fraccionados, y ventajas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los inversores. Para acceder a estos beneficios, estas compañías deben constituirse como Sociedades Anónimas (SA), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) o cooperativas, y cumplir con los requisitos que se detallan a continuación.
- Empresa de Reciente Creación
En primer lugar, la empresa debe haber sido establecida recientemente y no deben haber transcurrido más de cinco años desde su registro en el Registro Mercantil o de Cooperativas. En el caso de empresas en sectores estratégicos como la industria, biotecnología y energía, este período se extiende a siete años.
- Exclusiones para Fusiones y Grupos
No se considerarán «startups» las empresas que resulten de fusiones, escisiones o transformaciones de otras compañías, a menos que estas últimas también fueran consideradas «startups». Si una empresa emergente forma parte de un grupo (es decir, cuando una entidad controla directa o indirectamente otra u otras compañías), tanto el grupo como las empresas individuales deben cumplir los requisitos para obtener el estatus de «startup».
- Nuevos proyectos de carácter novedoso
La empresa debe estar involucrada en un proyecto innovador con un modelo de negocio escalable. Para esto:
El propósito de la empresa debe ser resolver problemas existentes o mejorar situaciones a través de nuevos productos, servicios o procesos, o mejorando sustancialmente los existentes.
Debe haber un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o comercial.
Criterios Mínimos para la Innovación
Se establecen criterios mínimos que deben cumplirse:
- Los gastos en Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) deben ser significativos en relación con los gastos totales, aunque no se especifica una proporción concreta. La mayoría de los demás gastos deben respaldar la actividad innovadora.
- Después de desarrollar el proyecto, se valora la posibilidad de transferir la innovación a otros productos, servicios o destinatarios con una inversión relativamente baja (escalabilidad).
- Otros Requisitos y Verificación
- No repartir dividendos ni haberlo hecho en el pasado, y no cotizar en un mercado regulado.
- Tener su sede, domicilio o establecimiento en España y contar con al menos el 60% de la plantilla con contratos laborales en el país.
- Estar al día con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Tener un volumen de negocio anual no superior a diez millones de euros.
- Validación por ENISA
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise.