Desde Lexcam, queremos mantener a nuestros clientes al tanto sobre las últimas decisiones judiciales en cuanto a la gestación subrogada. El Tribunal Superior de Justicia de Burgos ha confirmado recientemente el derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor durante 16 semanas en casos de gestación subrogada.
¿Cuál es la Base de Esta Decisión?
La sentencia se basa en la STS 953/2016 de 16 de noviembre, que establece que la fecha de la resolución judicial reconociendo la filiación es el hecho causante de la prestación. Esta decisión equipara, por analogía, la filiación por gestación subrogada con la adopción.
Protección Integral de los Hijos
El Tribunal ha tenido en cuenta el art. 39.2 CE, que garantiza la protección integral de todos los hijos, sin importar su filiación. Este fundamento está en línea con lo contemplado en el art. 133 bis LGSS para casos de maternidad, adopción y acogimiento. La finalidad es clara: asegurar el cuidado e integración del recién nacido en su familia.
Reconocimiento Jurídico
Dado que la gestación subrogada no está regulada específicamente en las normativas civil y laboral españolas, la fecha de la resolución judicial que establece la filiación se considera esencial. Esto permite reconocer legalmente el vínculo paterno-filial y garantiza los derechos inherentes a dicha condición según el art. 48.5 ET.
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