Estimado cliente,
Nos complace informarle sobre un tema crucial en el ámbito fiscal: la elección entre trabajar como autónomo o constituir una sociedad mercantil. Esta decisión tiene importantes implicaciones fiscales, y estamos aquí para ayudarle a entender los beneficios fiscales y cuál es la mejor opción para usted.
Impuestos que Paga un Autónomo
Un autónomo es una persona física que realiza una actividad económica de forma independiente,
sin vinculación a una empresa. Los impuestos que debe pagar se dividen en dos categorías
principales: el IRPF y el IVA.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Descripción: Grava los ingresos obtenidos por el autónomo.
- Cálculo: La base imponible se calcula restando los gastos deducibles a los ingresos.
- Tipo Impositivo: Varía entre el 19% y el 47%, según la escala de tramos establecida por la ley.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Descripción: Grava el consumo de bienes y servicios.
- Declaración: El autónomo repercute el IVA a sus clientes y lo declara trimestralmente.
- Tipos de IVA: Depende de la actividad y puede ser del 4%, 10% o 21%.
- Deducción: El autónomo puede deducirse el IVA soportado en sus compras y gastos relacionados con su actividad.
Impuestos que Paga una Empresa
Una empresa es una persona jurídica que realiza una actividad económica organizada. El principal
impuesto que paga es el Impuesto sobre Sociedades. A continuación, te detallamos más sobre este impuesto:
Impuesto sobre Sociedades
- Descripción: Grava los beneficios obtenidos por la empresa.
- Tipo Impositivo: Generalmente es del 25%, aunque puede variar según el tamaño y la forma
jurídica de la empresa. - Cálculo: La base imponible se calcula restando los gastos deducibles a los ingresos.
Al igual que los autónomos, las empresas deben repercutir y declarar el IVA, con algunas
diferencias en la deducción según el porcentaje de ingresos sujetos a IVA y el régimen especial del
grupo de entidades.
¿Cuáles Son las Ventajas Fiscales de Ser Autónomo?
Ser autónomo ofrece ciertas ventajas fiscales en comparación con constituir una empresa. Aquí te presentamos algunas de las principales:
- Reducción del IRPF: Reducción del 20% en la base imponible del IRPF durante los dos primeros
años de actividad. - Deducción por Amortización: Deduce hasta un 30% de los rendimientos netos de su actividad en concepto de amortización del inmovilizado material e intangible afecto a la actividad.
- Gastos de Manutención y Estancia: Deduce los gastos de manutención y estancia derivados del
desarrollo de su actividad, con ciertos límites y condiciones. - Gastos de Suministros: Deduce el 30% de los gastos de suministros (agua, luz, gas, telefonía e
internet) y el porcentaje de los gastos de Impuesto sobre Bienes Inmuebles o comunidad que
afecten a la parte de la vivienda habitual destinada al desarrollo de la actividad.
Para una optimización fiscal adecuada y asegurar que está tomando la mejor decisión para su
situación específica, es recomendable asesorarse en la materia. En Lexcam, ofrecemos
asesoramiento experto sobre la normativa fiscal y estamos aquí para ayudarle a maximizar sus
beneficios fiscales y cumplir con todas las obligaciones legales. Para más información, no dudes
en contactarnos.