Estimado cliente,
Desde LEXCAM queremos recordarle que si hacienda no emite la orden de pago de la devolución
del IRPF en un plazo de seis meses, tiene derecho a cobrar intereses de demora.
Plazos y condiciones
Si presenta la declaración del IRPF de 2023 con resultado a devolver, tenga en cuenta que Hacienda dispone de seis meses para ordenar la devolución.
A estos efectos:
El plazo de seis meses comienza desde el fin del plazo voluntario de presentación del IRPF. Para la
declaración de 2023, este plazo inicia el 1 de julio de 2024.
Si Hacienda no emite la orden de pago dentro de estos seis meses, usted tendrá derecho a cobrar
intereses de demora.
Si presenta su declaración después del 1 de julio, el plazo de seis meses comenzará a contar desde la fecha de presentación.
Cálculo de los intereses de demora
Los intereses de demora se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo de seis meses
hasta la fecha en que Hacienda ordene el pago de la devolución. No es necesario que solicite
expresamente estos intereses, ya que Hacienda los calculará y abonará automáticamente.
Consultar el estado de su declaración
Puede comprobar el estado de su declaración a través de la página web de la Agencia Tributaria
(AEAT).
Un saludo,