El plazo para presentar la solicitud de subvienciones para proyectos de digitalización de PYME será desde el 11/02/2021 hasta el 10/03/2021 (a las 23:59:59 horas).
El plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto) comprenderá desde el 1/1/2021 hasta el 31/12/2021. y el plazo de justificación hasta el 09/02/2022.
Empresas beneficiarias:
PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE 2009:
- Secciones C, D, E y F (Divisiones 10 a 43).
- Sección H (Divisiones 49 a 53).
- Sección J (Divisiones 58 a 63).
- Sección M (Divisiones 69 a 74).
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
Tipo de ayuda:
Subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 40%.
- Mediana empresa: hasta el 30%.
Las ayudas están sujetas al régimen de mínimos, lo que supone que la ayuda total de mínimos concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Requisitos:
los proyectos estarán comprendidos en Digitaliza, transformación o digitaliza teletrabajo.
- El presupuesto será subvencionable a partir de 12.000€ si se trata de digitaliza transformación o 6.000 si se trata de digitaliza teletrabajo.
- Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2021 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
El equipo de Lexcam podemos asesoraros para tramitar la solicitud.