Estimado cliente, en Lexcam deseamos comunicarle la revocación de la necesidad de enviar la declaración de la renta para individuos a través de Internet.
La Asociación Española de Consultores Fiscales (AEDAF) impugnó la orden ministerial emitida en 2018, que exigía que los contribuyentes cumplieran telemáticamente con su declaración de la renta. El Tribunal Supremo ha respaldado este argumento, sosteniendo que la interacción electrónica del contribuyente con el gobierno es un privilegio, no una demanda.
De este modo, el Tribunal Supremo ha otorgado la victoria a AEDAF en su combate contra la compulsión de declarar el IRPF online, tal como se definió en 2018. Desde entonces, AEDAF se manifestó en desacuerdo y, luego de las primeras etapas, presentó una apelación en contra de esta exigencia, respaldada por la Ley General de Tributación y la Ley de Procedimiento Administrativo, que precisan que esta imposición podría ser válida para ciertos grupos, pero no para todos los contribuyentes en conjunto.
En consecuencia, AEDAF subraya la relevancia de proteger y asegurar los derechos de los ciudadanos y, con este fallo judicial, la Agencia Tributaria deberá permitir nuevamente que los contribuyentes presenten sus declaraciones de IRPF en formato físico.
Finalmente, con este veredicto, que revoca la orden ministerial que controlaba estas autoliquidaciones, persiste la duda de lo que sucederá con los cargos adicionales y las penalizaciones resultantes de la presentación de estas liquidaciones.
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